Monday, October 02, 2006

4.13. EL REAL DECRETO 1125/2003

Con estos precedentes, el Real Decreto 1125/2003 (BOE 224 de 18 de septiembre de 2003) establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, cuyas características más destacadas son las siguientes:

- 60 créditos por curso académico

- Asignación de créditos referidos a un mínimo de 36 y un máximo de 40 semanas de trabajo de los estudiantes (a tiempo completo) por curso académico.

- Número mínimo de 25 horas y máximo de 30 por crédito.

- Fijación por el Gobierno, previo informe del Consejo de Coordinación Universitaria, del número mínimo de créditos asignados a cada materia en los planes de estudios de enseñanzas conducentes a títulos oficiales con validez en todo el territorio nacional.

La LOU prevé la estructura de los estudios universitarios en ciclos. En los borradores citados se desarrolla en enseñanzas de grado en un primer ciclo y de postgrado con dos ciclos: un segundo ciclo que dará derecho a la obtención de título de Master y un tercer ciclo que dará derecho al título de Doctor.

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